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Órganos del Consell General

El síndico general

Es el presidente del parlamento andorrano. Su nombre se viene utilizando desde el siglo xiv. Con el cambio constitucional se conservó este término por su carácter histórico. La función del síndico general es la de representar al Consejo General, facilitar su trabajo, ordenar y dirigir con imparcialidad los debates, velar por el cumplimiento del Reglamento que asimismo, en caso de duda, puede interpretar. Como máxima autoridad debe ejercer sus funciones de manera imparcial y no intervenir en los debates, pero tiene derecho a votar. En ausencia del síndico general, el subsíndico general tiene todas las competencias del síndico general.

La Sindicatura

Está constituida por el síndico general, por el subsíndico general y por dos secretarios, que son consejeros generales, y cuenta con el asesoramiento del secretario general. Se ocupa de los aspectos administrativos y de la organización parlamentaria. Una de sus misiones es la admisión a trámite de los escritos que se presentan, como las proposiciones de ley, los proyectos de ley, las propuestas de ratificación, de acuerdo, las preguntas parlamentarias, etc.

Los grupos parlamentarios

Los consejeros generales están organizados en grupos parlamentarios, configurados a partir de los resultados electorales de cada partido político. Funcionan con una normativa interna, tienen que elegir un presidente, además de un presidente suplente, que participa en la Junta de Presidentes. Establece también la estrategia del grupo parlamentario.

La Junta de Presidentes

Forman la Junta de Presidentes el síndico general, la subsíndica general, los presidentes de grupo parlamentario y los secretarios de la Sindicatura. Pueden contar con la presencia potestativa de un miembro del Gobierno. La Junta ordena el calendario de las sesiones y aborda tanto la preparación de los debates como la participación de la institución en actos internacionales, entre otros temas.

El Pleno

Presidido por el síndico general, por el subsíndico general y por el secretario de turno de la Sindicatura, celebra sus sesiones a lo largo de dos periodos: marzo-junio y septiembre-diciembre. Las sesiones son de tres tipos: ordinarias, extraordinarias y tradicionales. Las ordinarias y las extraordinarias se convocan los jueves por la tarde, normalmente. Mensualmente se celebran sesiones de control al Gobierno, mientras que los debates sobre textos legislativos se convocan según las necesidades.

En las sesiones tradicionales (14 de marzo, día de la Constitución, y 21 de diciembre, sesión de Santo Tomás), los consejeros generales visten atuendos tradicionales, un abrigo gris y tricornio, y la máxima autoridad, los síndicos generales, capa negra y bicornio.

Las sesiones del Pleno son públicas y retransmitidas en directo por televisión.

Las comisiones legislativas permanentes

El Reglamento del Consell General reconoce ocho comisiones legislativas permanentes sobre diversas materias que trata el Estado. 

-          Comisión Legislativa de Interior

-          Comisión Legislativa de Política Exterior

-          Comisión Legislativa de Economía

-          Comisión Legislativa de Finanzas y Presupuesto

-          Comisión Legislativa de Política Territorial y Urbanismo

-          Comisión de Salud y Medio Ambiente

-          Comisión Legislativa de Asuntos Sociales

-          Comisión Legislativa de Educación, Investigación, Cultura y Deportes

Están constituidas por un número de consejeros generales proporcional al número de miembros de cada grupo parlamentario. Su misión es la de examinar en profundidad las propuestas legislativas, por lo que pueden pedir información al respecto. Los análisis de las propuestas tratan en debate interno los contenidos y enmiendas presentadas y se establece el texto final que, a su vez, se eleva al Pleno para el debate general y votación. Las reuniones de las comisiones no son públicas excepto cuando se producen comparecencias de responsables políticos o técnicos en que se trate temas que no deban llevarse al Pleno.

Durante la legislatura, la Junta de Presidentes determina las comisión o comisiones a las que se traslada cada propuesta legislativa así como habilitaciones genéricas.

Comisiones especiales

Aparte de las comisiones legislativas permanentes, la Junta de Presidentes puede acordar la creación de otras comisiones, para estudiar un asunto determinado, ad hoc, de encuesta o de legislatura.