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Los consejeros generales

El parlamento andorrano cuenta con veintiocho consejeros generales, consellers generals. Todas las personas de nacionalidad andorrana mayores de edad tienen derecho a acceder, en condiciones de igualdad, a las funciones y cargos públicos, de acuerdo con el artículo 25 de la Constitución y, por lo tanto, a ser elegidas como miembros del Consell General. Son los representantes del pueblo andorrano y sus derechos y deberes están recogidos en el artículo 1 del Reglamento. La elección para este cargo se hace a través del sufragio popular y la duración del mandato es el mismo de la legislatura, de cuatro años.

Deberes

En cuanto a los deberes de los consejeros generales se puede destacar la obligación a asistir a las reuniones del Pleno y a de comisiones a las que pertenezcan, a la observación de cortesía, a la de guardar secreto sobre los actos y resoluciones que así lo exijan. Los consejeros deben también votar, acatar las decisiones firmes del síndico general, presidente de parlamento, y de los órganos de la institución, además de no promover desórdenes graves en sus dependencias.

Derechos

Los derechos se articulan alrededor de la manera cómo los consejeros generales deben cumplir su ejercicio. Algunos son individuales, como la presentación de enmiendas a los proyectos y proposiciones de ley o las intervenciones en los debates. Otros pueden ser en grupo, como la presentación de una moción de censura contra el jefe de gobierno,  la interposición del recurso de inconstitucionalidad contra textos legislativos, el requerimiento de dictamen previo de inconstitucionalidad contra textos legislativos o el de dictamen previo de inconstitucionalidad sobre los tratados internacionales antes de su ratificación.